Estimados Sres.,

El 8 agosto del año 2022 se aprobó mediante Resolución la actualización de los Procedimientos de Operación 10.4, 10.5, 10.6 y 10.11 relativos al funcionamiento del Sistemas de Medidas Eléctricas. Uno de los cambios introducidos es el adelanto en un mes de la entrega de medidas correspondiente a la Liquidación Intermedia Provisional, de manera que esta se realice en el mes M+3 en vez de en el mes M+4. Esta resolución surte efectos desde el 1 de enero de 2023, lo que significa que aplicará por primera vez a las medidas de la energía generada en enero de 2023.

Esta modificación afectará a los plazos para el envío de medidas de los encargados de lectura a la CNMC, así como al calendario de las liquidaciones del régimen retributivo específico. La energía correspondiente a enero de 2023 será la primera que se liquide en el mes M+3 en vez de M+4. Por lo tanto, en abril de 2023 se liquidará el régimen retributivo específico de los siguientes meses:

Marzo 2023 (m-1)
Enero 2023 (m-3, de acuerdo con la nueva redacción de los POs)
Diciembre 2022 (m-4, de acuerdo con la anterior redacción de los POs)
Mayo 2022 (m-11)

A partir de mayo de 2023 se continuará con la liquidación habitual de 3 meses (m-1, m-3 y m-11).

Reciban un cordial saludo,